Esta mañana se constituyó la Diputación Permanente de la que soy suplente aunque en esta ocasión tuvo oportunidad de participar en sustitución de una compañera del Grupo Parlamentario Mixto que no pudo asistir. Además de poner en marcha este órgano de la Cámara Baja, se procedió a la elección de los Vicepresidentes y Secretarios de la Mesa.
Nota de prensa:
La Diputación Permanente se ha reunido este jueves, día 18 de agosto, a las
11,00 horas, para celebrar su sesión constitutiva, una vez que los grupos
parlamentarios han designado a los diputados que forman parte de este órgano,
que se reúne entre periodos de sesiones o durante la disolución para ejercer las
funciones que le atribuye el Reglamento.
En esta sesión, los miembros de la Diputación Permanente, presidida por la
presidenta de la Cámara, Ana Pastor, han eligen al resto de la Mesa, dos
vicepresidentes y dos secretarios, por el mismo procedimiento por el que se
elige en Pleno a la Mesa del Congreso. Una vez abierta la sesión, los miembros
de este órgano han sido llamados para depositar en dos urnas sus votos para
vicepresidentes y secretarios.
Así, José Ignacio ha sido designado vicepresidente primero, con 33 votos; y
Micaela Navarro, vicepresidenta segunda, con 28. Las secretarias primera y
segunda serán Alicia Sánchez Camacho, con 33 votos, y Gloria Elizo, con 28.
La composición de este órgano fue acordada por la Mesa de la Cámara el pasado
martes, 8 de agosto, cuando se decidió, previa a audiencia de la Junta de
Portavoces, y de conformidad con el artículo
56 del Reglamento, que esté integrada por 64 miembros con la siguiente
distribución:
- 24 del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
- 15 del Grupo Parlamentario Socialista
- 12 del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos - En Comú Podem -
En Marea
- 6 del Grupo Parlamentario Ciudadanos
- 2 del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana de Catalunya
- 1 del Grupo Parlamentario de Vasco (EAJ-PNV)
- 4 del Grupo Parlamentario Mixto.
Tal y como regula el artículo
57 del Reglamento del Congreso las funciones de la Diputación Permanente son
velar por los poderes de la Cámara cuando ésta no esté reunida y además:
1. En los casos de disolución o expiración del mandato del Congreso de los
Diputados:
. Asumir todas las facultades que en relación con los Decretos-leyes atribuye
al Congreso de los Diputados el artículo 86
de la Constitución.
. Ejercer las competencias que respecto de los estados de alarma, excepción y
sitio atribuye a la Cámara el artículo 116
de la Constitución.
2. En los lapsos de tiempo entre períodos de sesiones, ejercitar la
iniciativa prevista en el artículo 73.2
de la Constitución (convocatoria de sesiones extraordinarias de Pleno o las
Comisiones).
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